Asilfa demanda a Cenabast: acusa abuso de posición dominante y pide multas por $2.900 millones

Gremio farmacéutico acusa incumplimientos y abuso de posición dominante de Cenabast, tras sentencia condenatoria de la Corte Suprema de 2017. – Autor: Leonardo Cárdenas

Una nueva batalla inició la semana pasada la Asociación Industrial de Laboratorios Farmacéuticos (ASILFA) en contra de la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud (Cenabast) en el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia.

¿La razón? el gremio acusa abuso de posición dominante por parte del servicio público dependiente del Ministerio de Salud y asegura que la entidad no ha cumplido con la sentencia de la Corte Suprema del 21 de diciembre de 2017, la cual ordenó iniciar un proceso de reformulación de sus bases de licitación para la compra de medicamentos. Ello, a fin de alcanzar un equilibro entre oferentes y demandantes del mercado del aprovisionamiento de medicamentos a instituciones públicas de salud.

Según la demanda, el gremio farmacéutico exigió al tribunal una multa total de 5.000 UTA ($2.916 millones o unos US$4,3 millones) por incumplimiento de la sentencia del máximo tribunal y ejecutar prácticas lesivas a la libre competencia.

El fallo de la Corte Suprema, señaló que Cenabast ha abusado de su posición dominante a través de sus bases de licitación tipo, al obligar a los proveedores a soportar la insolvencia y la conocida morosidad de las instituciones públicas de salud.

De acuerdo a Asilfa, las bases afectan la libertad económica de los proveedores al establecer condiciones de mercado que les obliga a soportar la mora e insolvencia de las instituciones. “Se debe a que las Bases Tipo permiten que instituciones histórica y conocidamente morosas o insolventes con impagos de elevada cuantía y larga data puedan seguir comprando y adeudando fármacos a través de las licitaciones de Cenabast y que los proveedores –obligados por las Bases Tipo– deben seguir entregándoles –a pesar de los impagos– incrementando así las deudas insolutas”, consignó la demanda.

Otro de los cuestionamientos que acusó Asilfa está vinculado también a la bases de licitación, pues “tiende a concentrar el mercado en quienes estén en condiciones de soportar estos retrasos e insolvencia”. Por otro lado, las mismas bases no contemplan incentivos para el pago oportuno de las instituciones públicas ni Cenabast.

Por otro lado, y como cuarta distorsión del mercado figura -según el gremio- una menor regulación en los plazos de pagos a proveedores. “Ello se debe a que al plazo base de 30 días para el pago a proveedores, las Bases Tipo agregan un periodo adicional de laxitud de otros 30 días, lo cual deviene en un aplazamiento generalizado de pago a proveedores a 60 días”, concluyó Asilfa.

“Tal como están establecidas las multas en las Bases Tipo, éstas NO son indemnizatorias de la Institución perjudicada, sino remuneratorias de Cenabast que –por ende– tiene fuertes incentivos para maximizar este ingreso en perjuicio de la racionalidad, justificación y proporcionalidad de las multas y –en definitiva– en perjuicio del debido equilibrio entre oferentes y demandantes que la Sentencia ha ordenado resguardar”, sostuvo la demanda.

“De acuerdo a información entregada por la propia Cenabast dicha entidad en 2018 –sólo por aplicación de las Bases Tipo– recaudó $3.871.227.945 por concepto de multas”, remató el escrito del gremio representado por Oscar Corvalán, abogado Dalgalarrando y Cía.

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