Retiro de Medicamentos Anticipado

La industria farmacéutica apoya y se compromete con la población más vulnerable.

Por ello, a solicitud de Cenabast, logramos adelantar la entrega de medicamentos a pacientes crónicos y de patologías complejas para el sistema publico.

1.- ¿QUIÉNES PUEDEN OPTAR A ESTE RETIRO DE MEDICAMENTOS ANTICIPADO?

Todos los pacientes con enfermedades crónicas, que estén en GES o Ley Ricarte Soto, y que obtienen sus medicamentos en la red pública de salud.

2.- ¿CUÁL ES EL BENEFICIO?

Los pacientes que cumplan con los requisitos podrán obtener sus medicamentos para el tratamiento de hasta tres meses, para evitar que se expongan innecesariamente en el contexto de la pandemia que enfrentamos por coronavirus Covid-19

3.- ¿CUÁNDO COMIENZA A REGIR?

Este plan comienza a regir a partir del 6 de abril en todo Chile, sujeto a disponibilidad de stock de los productos.

4.- ¿QUÉ DEBO HACER PARA ACCEDER A ESTE BENEFICIO?

El paciente sólo debe acercarse al centro de salud en el que obtiene sus medicamentos de forma habitual y presentar su cédula de identidad.

5.- ¿QUÉ PASA CON LOS PACIENTES QUE NO PUEDEN IR AL ESTABLECIMIENTO A RETIRAR SUS FÁRMACOS? ¿PUEDE ACUDIR OTRA PERSONA

Algunos establecimientos han definido un procedimiento en línea para que pueda acudir un tercero, pero se está evaluando un sistema estandarizado único para que sea homologable a todos.

6.- ¿SE HA CONSIDERADO LA POSIBILIDAD DE ENTREGAR LOS MEDICAMENTOS A DOMICILIO?

Se está evaluando la posibilidad de estandarizar la entrega de medicamentos a domicilio y a algún familiar o tutor autorizado.

7.- ¿ESTA MEDIDA ABARCARÁ TODAS LAS LOCALIDADES DEL PAÍS O SÓLO ALGUNAS REGIONES?

Abarcará la red de salud pública de todo el país.

8.- ¿EXISTE UN NÚMERO MÁXIMO DE MEDICAMENTOS PARA RETIRAR?

No existe un número máximo, ya que, de acuerdo a lo que dispuso la autoridad sanitaria en el decreto, son los medicamentos de uso periódico para enfermedades crónicas lo que se deben retirar. No se habla de número máximo, sólo de un plazo máximo de tres meses, de acuerdo a la cantidad de patologías crónicas que tenga el paciente.

9.-¿QUÉ HAY QUE HACER SI SE DEBE RENOVAR LA RECETA

El paciente debe acudir al médico tratante para renovar su receta.

10.- ¿QUÉ SUCEDE CON LOS MEDICAMENTOS REFRIGERADOS O QUE NECESITEN CADENA DE FRÍO

En este caso, el profesional médico que proporciona esa receta debe evaluar la entrega de este medicamento si corresponde (por ejemplo, la insulina). Se debe ver caso a caso con el médico si corresponde o no la entrega anticipada de tres meses de este tipo de medicamentos.

11.- ¿QUÉ PASARÁ CON LOS ESTABLECIMIENTOS DONDE NO EXISTE CAPACIDAD DE ALMACENAMIENTO?

Se está evaluando caso a caso, para que sea posible la entrega para tres meses. Cada establecimiento deberá contar con la capacidad de bodegaje correspondiente.

12.- ¿CÓMO SE SELECCIONARÁN LOS MEDICAMENTOS QUE ENTRAN EN ESTA ENTREGA ADELANTADA?

La Subsecretaría de Redes Asistenciales ha solicitado 214 productos de entrega adelantada. Cenabast está coordinando con los proveedores para asegurar la disponibilidad y distribución de tres meses en adelante.

13.- ¿ESTÁ INCLUIDA LA ENTREGA DE PROGRAMAS ALIMENTARIOS?

Se está trabajando en la entrega de algunos productos de los programas alimentarios, de acuerdo a la contingencia.

14.-¿ESTÁN CONSIDERADOS LOS PRODUCTOS PARA LOS NIÑOS CON ALERGIAS ALIMENTARIAS?

No están considerados, pero se está trabajando en la entrega de algunos productos, de acuerdo a la contingencia y a los requerimientos del Instituto de Nutrición y Tecnología de los Alimentos (INTA).

15.- SI LAS MEDIDAS DE CONTINGENCIA SANITARIA SE EXTIENDEN MÁS ALLÁ DE TRES MESES ¿SE PROLONGARÁ TAMBIÉN ESTA ENTREGA POR TRES MESES MÁS?

Una vez que el primer periodo pase, se evaluará la situación para prolongarla en caso que corresponda.

Más información en: https://www.cenabast.cl/retiro-de-medicamentos-anticipado/

https://www.cenabast.cl/retiro-de-medicamentos-anticipado/